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Servicios > Dirección de Inmigración > Prórroga de Residencia
Prórroga de Residencia
Requisitos Generales
01
Formulario F-007 (gratuito).
02
Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (S/. 39.90 nuevos soles).
03
Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por prórroga de residencia (US$ 50.00).
04
Exhibición de Pasaporte original y Carné de Extranjería, vigentes y copia respectiva.
Nota:
Presentar La Carta Poder con firma legalizada por Notario Público.
Los solicitantes deberán contar con la residencia vigente al momento de presentación de la solicitud.
Se encuentran exoneradas de la tasa por prórroga de residencia las personas que se encuentran dentro de la clasificación efectuada en el artículo 3º del DS Nº206-83-EFC.
En los casos en que existan convenios bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú con otros Estados u organismos internacionales el pago de tasas, derechos de tramitación u otras facilidades se sujetarán a lo dispuesto en los mismos.
Trabajador Residente
Además de los consignados en los requisitos generales presentar:
05
Copia fotostática legalizada no tarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del contrato vigente aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, con la excepción de los casos comprendidos en el Decreto Legislativo Nº 689, su Reglamento y el DS N°023-2001- TR y copia simple de las tres (03) últimas boletas de pago.
Independientes: Inversionista
Además de los consignados en los requisitos generales presentar:
05

Copia actualizada de la ficha registral de la constitución de la empresa inscrita en los Registros Públicos (SUNARP).

  En caso de empresa recién constituída, una representación mínima en el capital social de US$25 000 en efectivo o su equivalente en nuevos soles.
06

En caso de transferencia de acciones o participaciones presentará:

  Copia legalizada notarialmente o copia autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del Acta de la Junta General de Accionistas y del Libro de Transferencia de Acciones o la Escritura Pública de transferencia de participaciones.
  Constancia de la empresa donde tiene la inversión en caso de no estar registrada en la Bolsa de Valores o constancia de la CONASEV.
07
Copia simple de la constancia emitida por la SUNAT de encon trarse al día en el pago de los tributos, pago del impuesto a la renta de 5ta. Categoría de sus trabajadores y sus aportes a EsSalud.
  En el caso de empresa nueva, la constancia a la que se hace referencia deberá corresponder a la empresa que dio origen a la visa o a la prórroga de residencia anterior.
08
Copia autenticada por el fedatario de la DIGEMIN de las planillas del personal de la empresa de los tres (3) últimos meses anteriores a la fecha de presentación del expediente donde se pueda constatar la existencia de los cinco (05) nuevos puestos de trabajo.
Independiente: Profesional
Además de los consignados en los requisitos generales presentar:
05
Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del certificado de retención de rentas o constancia de pago a la SUNAT.
Religioso Católico
Además de los consignados en los requisitos generales, con excepción del número 3, presentar:
05
Carta del representante legal de la congregación religiosa visada por la Dirección de Asuntos de la Iglesia Católica del Ministerio de Justicia (cuando domicilie en Lima) o por el Obispo de la jurisdicción respectiva (cuando domicilie en provincia) sustentando la solicitud, acreditando al beneficiario e indicando el tiempo de residencia. Los beneficiarios podrán realizar actividades relacionadas con la docencia y salud.
Nota:
Les corresponde una prórroga por un periodo de un año.
Religioso no Católico
Además de los consignados en los requisitos generales, con excepción del número 3, presentar:
05
Carta del representante legal de la congregación religiosa visada por la Dirección de Asuntos Interconfesionales del Ministerio de Justicia, sustentando la solicitud, acreditando el beneficiario e indicando el tiempo de permanencia temporal. Los beneficiarios podrán realizar actividades relacionadas con la docencia y salud.
Nota:
Les corresponde una prórroga por un periodo de un año.
Llamado de Familia
Además de los consignados en los requisitos generales presentar:
05
Documento actualizado que acredite continuidad de la situación por la cual obtuvo el llamado de familia.
Estudiante
Además de los consignados en los requisitos generales presentar:
05
Constancia de matrícula expedida por el titular del centro educativo con reconocimiento oficial refrendado por la autoridad competente o constancia de la entidad donde realizará prácticas pre-profesionales o especialización por un período mínimo de un (01) año.
06
Consolidado actualizado de cursos y notas emitido por el centro educativo.
07
Documento que acredite el consentimiento de los padres o tutores, cuando se trate del caso de menor de edad, debidamente autenticado por Consulado Peruano y legalizado por el Ministerio de RREE.
Refugiado / Asilado
Además de los consignados en los requisitos generales 1 y 2 presentar:
03
Oficio del Ministerio de Relaciones Exteriores renovando el status.
 
Datos Importantes
Pago por derecho de trámite: S/. 39.90 nuevos soles.
Tiempo que toma el trámite: 15 días.
Dependencia donde se inicia el támite: Área de Tramite Documentario de la DIGEMIN o Jefaturas de Migraciones.
Autoridad que aprueba el trámite: Director de Inmigraciones o Sub-director de residentes o Jefes de Migraciones.
Autoridad encargada en caso de reconsideración:Director de Inmigraciones o Jefes de Migraciones.
Autoridad encargada en caso de apelación: Director General de Migraciones y Naturalización.
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  Descargar requisitos en PDF.
 
 
 
 
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