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Dirección de
Inmigración. |
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SI USTED ESTÁ EN EL EXTRANJERO… |
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Si usted es extranjero y desea visitar nuestro país o desea realizar actividades tales como trabajar, estudiar, invertir u otras, necesita autorización para permanecer en el territorio peruano, deberá solicitar su VISA TEMPORAL o VISA DE RESIDENCIA, de acuerdo a sus necesidades, ante la Dirección de Inmigración de la DIGEMIN, autoridad que luego de evaluar la documentación que presente, podrá autorizarlo otorgándole la Visa que le permita permanecer en nuestro país desarrollando la actividad autorizada.
Los plazos de permanencia para usted en caso se le autorice la Visa son de:
- 90 días prorrogables, en algunos casos hasta un año, para las VISAS TEMPORALES
- Un año renovable para las VISAS DE RESIDENCIA
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SI USTED ESTÁ EN PERÚ… |
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Si usted es extranjero y está autorizado a estar en el Perú por tiempo limitado desarrollando actividades de turismo, negocios u otras, y necesita autorización para permanecer en el país por mayor tiempo desarrollando actividades que no le son permitidas con su actual situación migratoria, tales como trabajar, estudiar, invertir u otras, o necesita autorización para permanecer en el territorio peruano debido a que es miembro de la familia de un peruano o de un extranjero residente y tiene dependencia de él, deberá solicitar el cambio de su calidad migratoria a Visa Temporal o Visa de Residente, según su necesidad, ante la Dirección de Inmigración de la DIGEMIN, autoridad que luego de evaluar la documentación que presente, podrá autorizarlo otorgándole la Visa que le permita permanecer en nuestro país desarrollando la actividad autorizada.
Los plazos de permanencia para usted en caso se le autorice la Visa son de:
- 90 días prorrogables, en algunos casos hasta un año, para las VISAS TEMPORALES
- Un año renovable para las VISAS DE RESIDENCIA
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