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¿Puedo solicitar una visa cuando mi permanencia se encuentra vencida?
No, la Ley de Extranjería prohíbe a los extranjeros que se encuentran con permanencia irregular (Vencida) el poder realizar cualquier trámite.
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¿Cuándo debo realizar la prorroga de residencia?
Los carne de extranjería consigna una fecha de vencimiento en la parte anterior de los mismos, deberá Usted efectuar la prorroga antes de la fecha indicada presentando los documentos de acuerdo a su calidad migratoria. Por ejemplo si tiene la calidad migratoria de trabajador, deberá presentar copia de su contrato vigente y las tres últimas boletas de pago.
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¿Si estoy como turista puedo firmar un contrato de trabajo para pedir luego la residencia?
No, pero puede solicitar un “Permiso Especial para Firmar Contratos” en el tercer piso de nuestra sede central de Breña previo pago de US 50.00 Dólares Americanos.
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¿Si estoy como turista cuanto tiempo puedo permanecer en el país?
Al ingresar el Inspector de Migraciones le otorgó una cierta cantidad de días de permanencia (Ver la cantidad en el sello de migraciones). En caso de excederse el plazo otorgado, tendrá que pagar una multa de Un Dólar (01) por cada día adicional, dicho pago se efectua al momento de abandonar el pais. |
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¿Si estoy realizando un trámite de cambio de calidad migratoria o de solicitud de carne de extranjería por primera vez, puedo salir del país?
Si esta solicitando un cambio de calidad migratoria y tiene carne de extranjería si puede salir del país sin problema alguno; si lo esta haciendo y no lo tiene deberá solicitar un permiso especial de lo contrario se cortaría el proceso y deberá solicitar nuevamente su cambio de calidad migratoria. Si ingreso con visa de residente y aun no tiene su carne de extranjería deberá también solicitar un permiso especial de lo contrario perderé su visa y tendrá que solicitarla nuevamente.
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¿Cuándo debo pagar la Tasa Anual de Extranjería?
El pago debe hacerlo a partir del primer día útil de enero de cada año hasta el 31 de marzo. Tome en cuenta que de no hacerlo a partir de esta ultima fecha comenzara a correr una multa por omisión de pago.
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¿Puedo solicitar una visa de residente para un familiar cercano?
Si Usted tiene una visa de residente, puede de acuerdo a Ley solicitar el mismo tipo de visa para su cónyuge, padre, madre, hijas solteras de cualquier edad e hijos varones menores de 18 años.
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¿Si tengo un hijo mayor de 18 años y deseo que resida en el Perú, que visa puedo solicitar para el?
Tendría que solicitar una visa de estudiante siempre y cuando se encuentre matriculado en un centro de estudios con reconocimiento oficial
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¿Si tengo un hijo con visa de residente por llamado de familia y cumple 18 años, que debo hacer?
Al cumplir 18 años los hijos varones deberán solicitar un cambio de calidad migratoria que puede ser a estudiante si se encuentran matriculados en alguna institución educativa con reconocimiento oficial. Asimismo, si una hija mayor de 18 años se casa, deberá solicitar su cambio de calidad migratoria.
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¿Si deseo salir del país definitivamente que trámite debo hacer?
Debe solicitar su SALIDA DEFINITIVA, para esto deberá entregar su carne de extranjería con una anticipación no mayor a 10 días antes de la fecha de salida. De esta manera su salida será de acuerdo a Ley y si desea regresar lo hará sin problemas.
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