CONTROL MIGRATORIO DE INGRESO DE EXTRANJEROS
A. TEMPORALES: Gratuito
- Pasaporte vigente
- Tarjeta Andina de Migración (TAM).
- Visa consular (según corresponda).
Notas:
* Están exceptuados los que se acojan a los alcances de convenios o dispositivos sobre supresión de visas.
* Los turistas comprendidos en el Convenio Perú-Ecuador y otros convenios Bilaterales o DS Nº 002-99- IN o Decisión Nº 503 de la Comunidad Andina podrán presentar indistintamente en lugar del pasa- porte cualquier Documento de Identificación Nacional reconocido en dichas normas, sólo para tránsito intracomunitario.
B. RESIDENTES: Gratuito
- Pasaporte vigente.
- Visa consular o Carné de Extranjería o Carné Diplomático o Tarjeta de Identidad Protocolar vigentes, según corresponda.
- Tarjeta Andina de Migración (TAM).
Nota:
* Los residentes que ingresan al amparo del Convenio Perú-Ecuador u otros convenios Bilaterales o Decisión Nº 503 de la Comunidad Andina presentarán su Carné de Extranjería si provienen de país comunitario.
Con Salvoconducto Fronterizo
- Salvoconducto vigente. Gratuito
- Exhibición del documento de identidad (1).
- Tarjeta Andina de Migración (TAM).
Tripulante Terrestre
- Libreta de Tripulante Terrestre vigente. Gratuito
- Tarjeta Andina de Migración (TAM).
Tripulante de Aeronave
- Carné vigente expedido por la aerolínea. Gratuito.
- Declaración general de vuelo de la aerolínea en la que conste el nombre del tripulante que se encuentra trabajando.
- Tarjeta Andina de Migración (TAM).
Tripulantes en naves de bandera nacional o extranjera que arriban para embarcarse en sus naves
- Pasaporte o Libreta de Embarco vigentes Gratuito.
- Tarjeta Andina de Migración (TAM).
- Carta de la agencia representante de la nave.
Nota:
Los Pasaportes Oficiales se utilizan para los casos en que una autoridad o funcionario público o tercero represente a su Estado.
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